La legislaci贸n espa帽ola muestra una clara 芦indiferencia禄 al cumplimiento de los requisitos 鈥榟alal鈥 que reclaman el mill贸n de musulmanes que habitan el pa铆s.
La ley isl谩mica fija los principios b谩sicos para que los musulmanes de todo el mundo puedan tener una alimentaci贸n 芦halal禄 o permitida. La diversidad religiosa no est谩 siendo respetada por el mercado alimentario ni por quienes lo controlan, a pesar de su reconocimiento legal desde 1992.
Los consumidores isl谩micos en nuestro pa铆s lo han tenido muy dif铆cil para adquirir alimentos 芦halal禄 o permitidos por la ley isl谩mica. La indiferencia legal sobre la identificaci贸n de este tipo de productos puede haber afectado a los derechos b谩sicos de una poblaci贸n musulmana que puede rondar, o incluso superar, el mill贸n de creyentes en Espa帽a, algunos de ellos, unos 60.000, espa帽oles conversos. Y es que en general, la producci贸n alimentaria no ha tenido en cuenta la diversidad cultural y religiosa de nuestro pa铆s.
La obtenci贸n de productos alimenticios adecuados a la norma religiosa no ha sido tarea f谩cil. En algunos casos, y sin cumplimentar las observancias m铆nimas en materia de higiene y seguridad alimentaria, se han dado casos de sacrificio en el propio domicilio de animales destinados a una colectividad, sin pasar por los controles veterinarios preceptivos. La falta de un etiquetado riguroso sobre determinados ingredientes y la presencia de materias primas prohibidas en el producto final han generado una desconfianza generalizada y creciente en el mundo musulm谩n hacia los productos de consumo generalizado, que les lleva en algunos casos a abstenerse del consumo de cerveza etiquetada o publicitada como 鈥渟in alcohol鈥 por la permisi贸n legal del 1% de grado alcoh贸lico, y sin la adopci贸n de garant铆as adicionales al 0,0%; o de la prohibici贸n de la boller铆a industrial a sus hijos, por la presunta o expl铆cita presencia de la manteca de cerdo.
El reconocimiento legal
Como se denuncia desde el Instituto de la Calidad Halal de Junta Isl谩mica, la falta de normativas legales, tanto en Espa帽a como en el 谩mbito de la Uni贸n Europea, y la necesidad de dar respuesta a una demanda de consumo cada vez m谩s elevada, con m谩s de 35 millones de consumidores en toda Europa, ha favorecido la proliferaci贸n de una gran cantidad de certificaciones realizadas a trav茅s de mezquitas e imames, que quiz谩s sin contar con una reflexi贸n pormenorizada sobre las caracter铆sticas de la producci贸n alimentaria moderna, han llevado al mercado a una gran confusi贸n y desconfianza entre los consumidores de credo musulm谩n.
La puerta de cambio a esta situaci贸n se produjo en noviembre de 1992 con la aprobaci贸n de la Ley de 芦Acuerdo de cooperaci贸n entre el Estado con la Comisi贸n Isl谩mica de Espa帽a禄, por el que se reconoce la dimensi贸n espiritual y las particularidades espec铆ficas de la Ley isl谩mica que sirven para distinguir los productos alimentarios elaborados de acuerdo a la misma con la denominaci贸n 芦halal禄.
La ley dejaba una puerta abierta a la Comisi贸n Isl谩mica de Espa帽a para la protecci贸n del uso correcto de la denominaci贸n 芦halal禄, pero en el marco del Derecho de la Propiedad Industrial, y previa solicitud y registro de la marca correspondiente. La marca obtenida les permitir铆a comercializar, importar y exportar estos productos con el distintivo en sus envases de la denominaci贸n 芦Halal禄 como garant铆a de haber sido elaborados con arreglo a la Ley Isl谩mica.
El respeto a la normativa sanitaria vigente constituye una de las condiciones que se introducen por 芦imperativo legal禄 en la denominaci贸n de 芦Halal禄, al quedar al margen de cuestiones estrictamente religiosas. El Acuerdo est谩 marcado de muy buenas intenciones, pero falto de un desarrollo reglamentario adecuado, cuando establece que la alimentaci贸n de los internados en centros o establecimientos p煤blicos y dependencias militares, as铆 como la de alumnos musulmanes de los centros docentes p煤blicos y privados concertados que lo soliciten se procurar谩 adecuar a los preceptos religiosos isl谩micos, as铆 como el horario de comidas durante el mes de ayuno (Ramad谩n).
La situaci贸n internacional
A nivel internacional, el consumidor musulm谩n potencial puede situarse en torno a los 1.500 millones de personas. Un hecho que no ha pasado desapercibido para la FAO. La Comisi贸n del Codex Alimentarius, como 贸rgano rector del Programa conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, en su 22陋 reuni贸n, celebrada en junio de 1997, aprob贸 nuevas directrices para la aplicaci贸n del t茅rmino 芦halal禄, dada la demanda creciente por parte del consumidor de este tipo de productos y el r谩pido incremento del comercio internacional de los mismos.
Las directrices aprobadas son de car谩cter general, con la intenci贸n de acomodarse a las diferencias menores de interpretaci贸n de las diferentes corrientes isl谩micas. Y si bien se establece que est谩n sujetas a la interpretaci贸n de las autoridades competentes de los pa铆ses importadores, 茅stos deben aceptar en principio el certificado otorgado por las autoridades religiosas del pa铆s exportador, salvo cuando aqu茅l proporcione una justificaci贸n relativa a otros requisitos espec铆ficos.
Las directrices citadas definen los criterios de aplicaci贸n del t茅rmino 芦halal禄, el origen 芦leg铆timo e ilegal禄 de los alimentos, los requisitos generales de matanza y elaboraci贸n, empaque, almacenamiento y transporte de los alimentos definidos como tales. As铆, por ejemplo, las directrices especifican que la frase 芦Bismillah禄 (芦en nombre de Al谩禄) debe invocarse inmediatamente antes de matar a cada animal.
En pa铆ses como EEUU y Canad谩 se disponen de normativas legales, aprobadas por sus gobiernos, por las que se establecen los requisitos que re煤ne un alimento 芦halal禄, y marcan los indicadores que deben satisfacer todas aquellas entidades o personas que quieran realizar certificaciones. En Francia, con m谩s de cuatro millones de musulmanes, y un consumo de carne que supone el 10% sobre el total de la poblaci贸n francesa, la situaci贸n no es mucho mejor que la espa帽ola, que deber谩 contar con el desarrollo de iniciativas como la desarrollada por el Instituto Halal.
Los alimentos halal
Seg煤n recoge su propio Reglamento, cuando la palabra 芦halal禄, que significa permitido, autorizado o saludable, es aplicada a alimentos o bebidas, implica que 茅stos son aptos para el consumo de los musulmanes. Un alimento o bebida s贸lo se considerar谩 芦halal禄 si se ajusta a la normativa isl谩mica recogida en el Cor谩n, en las tradiciones del Profeta, y en las ense帽anzas de los juristas isl谩micos.
Cualquier alimento debe estar exento de cualquier sustancia o ingrediente no l铆cito (芦haram禄), o de cualquier componente que proceda de un animal prohibido; debe ser un producto elaborado, manufacturado y/o almacenado usando utensilios o maquinaria que se ajuste a lo que estipula la normativa isl谩mica y las normas sanitarias espa帽olas; y no debe ponerse en contacto con una sustancia o producto prohibido durante su elaboraci贸n, producci贸n, procesado, almacenamiento y transporte.
En el caso de la carne, 茅stas deben provenir de animales no prohibidos, que deben ser sacrificados de acuerdo con lo prescrito por la Ley Isl谩mica. El pescado se considera 芦halal禄 sin necesidad de sacrificio.
Por otra parte, se consideran productos 芦haram禄 o il铆citos, seg煤n la normativa isl谩mica:
- La carne del animal hallado muerto, la sangre, la carne de cerdo y jabal铆 y sus derivados y aquellos animales sobre lo que se ha invocado un nombre distinto del de Dios.
- El animal muerto por asfixia, estrangulado, apaleado, por una ca铆da, de una cornada o devorado por una fiera, salvo si, estando a煤n vivo, ha sido debidamente sacrificado.
- Animales con colmillos.
- Los animales carn铆voros y carro帽eros.
- Los animales que posean dientes caninos protuberantes.
- Los anfibios, como las ranas, cocodrilos, tortugas…
- Los reptiles e insectos.
- Las aves con garras.
- El alcohol, las bebidas alcoh贸licas, las sustancias nocivas 贸 venenosas, y las plantas o bebidas intoxicantes.
- Partes de animales que se hayan cortado mientras estaban vivos.
- Ingredientes procedentes de animales prohibidos o de animales no sacrificados de forma halal.
Juan Ram贸n Hidalgo Moya
Consuma Seguridad
